Juana María Gil Ruiz
Profesora Titular de Filosofía del Derecho de la Universidad de Granada. Miembro del Observatorio Andaluz de Violencia de Género.
El 17 de diciembre de 1999, a través de la resolución 54/134, la Asamblea General de la ONU declaró el 25 de noviembre como el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Se acerca esta fecha y en torno a ella, numerosos debates y conferencias se preparan con la intención de acercarse de algún modo, a esta lacra social que tantas víctimas se cobra año tras año.
Seguramente se intentará explicar qué medidas institucionales se están tomando, en tanto que la Violencia de Género es –ahora- un problema de Estado, y se reflexionará sobre los retos que aún quedan por abordar. Probablemente, a la par, encontraremos algunas voces disonantes centradas en desacreditar los esfuerzos legislativos recientes en la lucha por la erradicación de las distintas formas de la violencia de género; que insistirán en los neomitos de las denuncias falsas; o que se preguntarán, tal vez ingenuamente, qué sucede con la ley que, sencillamente “no funciona”, habida cuenta del aumento de mujeres asesinadas por sus parejas o exparejas, en lo que va de año.
Toda esta ebullición de opiniones y debates requiere, en este momento, reparar en cuáles han sido estos esfuerzos legislativos recientes; explicar por qué se ha tenido que intervenir y aclarar cuestiones de principio que, por obvias, a veces escapan a la reflexión ciudadana.
Sin duda, reconocer un problema, diagnosticarlo con precisión, es el primer paso para combatirlo. Ello implica, en lo que a nuestro asunto se refiere, comenzar admitiendo –tal y como reza la Exposición de Motivos de la L.O. 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género- que “La Violencia de Género no es un problema que afecte al ámbito privado. Al contrario, se manifiesta como el símbolo más brutal de la desigualdad existente en nuestra sociedad. Se trata de una violencia que se dirige sobre las mujeres por el hecho mismo de serlo, por ser consideradas, por sus agresores, carentes de derechos mínimos de libertad, respeto y capacidad de decisión”.